Siguiendo con el análisis semanal sobre la Reforma Urbana de México, esta semana analizamos uno de los cambios más importantes: el nuevo modelo de movilidad urbana sustentable. Más alla de pensar en la movilidad, el nuevo modelo se enfoca primero en la “accesibilidad,” es decir, un modelo en el cual todas las personas puedan acceder a los servicios y oportunidades de las ciudades con mayor facilidad, no solamente los que tienen automovil o los que viven en zonas privilegiadas. Pero aparte, una gran manera de resumir el nuevo modelo es con la siguiente frase: “La mejor estrategia de movilidad y transporte es la de no tener que transportarse.”
El modelo de planeación urbana del siglo 20 se enfocó en planear ciudades que separaban los usos de suelo, resultando en ciudades dispersas. Pero tambien, este modelo se enfocó en regulaciones de vialidades exclusivamente para el automóvil, ambos de los principales errores del modelo anterior, resultando en el fracaso que vemos hoy en la mayoría de las ciudades de México, fracaso que resulta en tráfico, accidentes, baches, enfermedades, inundaciones, contaminación y segregación social.
Por ello, el nuevo modelo rompe con ese error de diseño e introduce una nueva estrategia de planeación urbana enfocada en las personas, para reorientar el diseño de los barrios con políticas para construir barrios a escala humana, es decir, caminables, de mayor cercanía entre actividades cotidianas, y para mayor accesibilidad para todos, especialmente los usuarios más vulnerables. Este modelo nos permitirá construir ciudades mucho más incluyentes, compactas, sustentables y disfrutables. Sin embargo, debemos reconocer que el modelo fracasado del siglo 20 sigue todavía hoy inculcado en la mentalidad de la mayoría de las personas, tanto expertos como vecinos, quienes defienden regulaciones que fomentan el automóvil y que prohíben la vida peatonal. Por ello, los emprendedores urbanos y sociales deberemos jugar un papel importante para concientizar esta nueva cultura y defender, cuando sea necesario, aquellas transformaciones que son indispensables para mejorar las ciudades, incluso cuando unos cuantos no lo entienden y por ello, le tienen miedo al cambio.
En la nueva ley, este modelo se propone con su propio titulo. El siguiente artículo resume con claridad este nuevo enfoque y su jerarquía de prioridades:
Artículo 73. La Federación, las entidades federativas, los municipios y las Demarcaciones Territoriales deberán promover y priorizar en la población la adopción de nuevos hábitos de Movilidad urbana sustentable y prevención de accidentes encaminados a mejorar las condiciones en que se realizan los desplazamientos de la población, lograr una sana convivencia en las calles, respetar el desplazamiento del peatón y su preferencia, prevenir conflictos de tránsito, desestimular el uso del automóvil particular, promover el uso intensivo del transporte público y no motorizado y el reconocimiento y respeto a la siguiente jerarquía: personas con movilidad limitada y peatones, usuarios de transporte no motorizado, usuarios del servicio de transporte público de pasajeros, prestadores del servicio de trasporte público de pasajeros, prestadores del servicio de transporte de carga y usuarios de transporte particular.
Es asi como vemos que el nuevo modelo redirige la planeación de los espacios públicos y de los presupuestos, que anteriormente priorizaban el automovil, ahora hacia la planeación de ciudades para las personas y el transporte colectivo. En ese sentido, no se trata nomas de invertir en mejores banquetas y en mejor transporte publico, sino que lo mas importante será permitir que las ciudades sean mas compactas y que las actividades para las cuales anteriormente nos obligaban a desplazarnos largas distancias puedan estar mucho mas cerca. Todo esto se transmite en el contenido sobre la movilidad en la nueva ley:
Artículo 70. Para la accesibilidad universal de los habitantes a los servicios y satisfactores urbanos; las políticas de Movilidad deberán asegurar que las personas puedan elegir libremente la forma de trasladarse a fin de acceder a los bienes, servicios y oportunidades que ofrecen sus Centros de Población.
Las políticas y programas para la Movilidad será parte del proceso de planeación de los Asentamientos Humanos.
Artículo 71. Las políticas y programas de Movilidad deberán:
I. Procurar la accesibilidad universal de las personas, garantizando la máxima interconexión entre vialidades, medios de transporte, rutas y destinos, priorizando la movilidad peatonal y no motorizada;
II. Fomentar la distribución equitativa del Espacio Público de vialidades que permita la máxima armonía entre los diferentes tipos de usuarios;
III. Promover los Usos del suelo mixtos, la distribución jerárquica de equipamientos, favorecer una mayor flexibilidad en las alturas y densidades de las edificaciones y evitar la imposición de cajones de estacionamiento;
IV. Promover la innovación tecnológica de punta, para almacenar, procesar y distribuir información que permita contar con nuevos sistemas, aplicaciones y servicios que contribuyan a una gestión eficiente, así como a la reducción de las externalidades negativas en la materia;
V. Incrementar la oferta de opciones de servicios y modos de transporte integrados, a los diferentes grupos de usuarios, que proporcionen disponibilidad, velocidad, densidad y accesibilidad universal, que permitan reducir la dependencia del uso del automóvil particular, aquellas innovaciones tecnológicas que permitan el uso compartido del automóvil, el uso de la motocicleta y desarrollar nuevas alternativas al transporte público;
VI. Implementar políticas y acciones de movilidad residencial que faciliten la venta, renta, o intercambio de inmuebles, para una mejor interrelación entre el lugar de vivienda, el empleo y demás satisfactores urbanos, tendientes a disminuir la distancia y frecuencia de los traslados y hacerlos más eficientes;
VII. Establecer políticas, planes y programas para la prevención de accidentes y el Mejoramiento de la infraestructura vial y de Movilidad;
VIII. Promover el acceso de mujeres y niñas a espacios públicos y transporte de calidad, seguro y eficiente, incluyendo acciones para eliminar la violencia basada en género y el acoso sexual;
IX. Aumentar el número de opciones de servicios y modos de transporte, por medio del fomento de mecanismos para el financiamiento de la operación del trasporte público;
X. Establecer políticas, planes y programas para la prevención de accidentes automovilísticos, que desincentiven el uso de los teléfonos celulares al conducir, o manejar bajo el influjo del alcohol o cualquier droga, psicotrópico o estupefaciente,
XI. Promover políticas que integren al transporte de carga y fomenten la movilidad institucional, entendida esta última, como aquella realizada por el sector público y privado o instituciones académicas orientadas a racionalizar el uso del automóvil entre quienes acuden a sus instalaciones, incluyendo sistemas de auto compartido, transporte público privado, fomento al uso de la bicicleta, redistribución de acuerdo a su residencia y todo tipo de innovación en el sector privado encaminada a dichos fines.
Es asi como vemos, con esos 11 detalles sobre el nuevo modelo de movilidad definido por la nueva ley, que las ciudades del futuro deben enfocarse ya no en el automovil, sino al contrario, en reducir la necesidad de desplazarse largas distancias de nuestros hogares, de tal manera que podamos caminar o usar el transporte público con mucho mayor comodidad que usando el automovil propio.
Para ello, el siguiente artículo ofrece mayores detalles de algunos procedimientos que deberán seguir los gobiernos para lograr este nuevo modelo:
Artículo 72. La Federación, las entidades federativas, los municipios y las Demarcaciones Territoriales, en el ámbito de sus competencias, establecerán los instrumentos y mecanismos para garantizar el tránsito a la Movilidad, mediante:
I. El diagnóstico, información, seguimiento y evaluación de las políticas y programas de Movilidad, incorporando entre otras, la perspectiva de género;
II. La gestión de instrumentos en la materia, tales como: cargos por congestión o restricciones de circulación en zonas determinadas; infraestructura peatonal, ciclista o de pacificación de tránsito; sistemas integrados de transporte; zonas de bajas o nulas emisiones; cargos y prohibiciones por estacionamientos en vía pública; estímulos a vehículos motorizados con baja o nula contaminación; restricciones de circulación para vehículos de carga y autos; tasas diferenciadas del impuesto de la tenencia que consideren la dimensión o características de los vehículos motorizados, entre otros, y
III. La priorización, congruencia y eficacia en las inversiones públicas, considerando el nivel de vulnerabilidad de usuarios, las externalidades que genera cada modo de transporte y su contribución a la productividad de la colectividad.
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