La Reforma Urbana y el Financiamiento de Infraestructuras

El problema de los baches, calles sin pavimento, fugas de agua, drenajes descompuestos, asi como del deterioro y rezago de demas infraestructuras urbanas,  es un resultado del modelo urbano fracasado del siglo 20, especialmente con respecto al financiamiento del desarrollo urbano.  Bajo la escusa de la redistribucion de riqueza, los gobiernos han hecho mal uso de los pocos fondos disponibles para financiar las infraestructuras de la ciudad, y los ciudadanos no quieren aportar mayores impuestos cuando saben que no serán usados para los retos que les afectan realmente.

El nuevo modelo de desarrollo urbano busca eliminar la corrupción y la excesiva burocracia que ha resultado en ciudades deterioradas e infraestructuras rezagadas o deficientes en todas las ciudades de México. Por ello, el nuevo modelo reconoce que la infraestructura puede y debe ser 100% autofinanciable con inversión privada, ya que todas las obras publicas que en verdad se necesitan se reflejan en un aumento de las propiedades colindantes o beneficiadas, en una proporción aun mayor que el costo de tales inversiones. El problema es que los gobiernos se han acostumrbado a regalar estas obras, especialmente por compromisos electorales, pero incluso por compromisos económicos, beneficiando tan solo las propiedades de unos cuantos amigos de la administración en turno con los pocos recursos disponibles para el desarrollo urbano de la ciudad entera. Esto debe terminar.

Los fondos para el desarrollo urbano deben mantenerse separados de los gastos corrientes de los gobiernos, y todas las inversiones deben recuperarse por medio de contribuciones por mejoras, integrando estos a fondos exclusivamente para mayores inversiones de planeación y de desarrollo urbano. La nueva ley recientemente aprobada en México propone un cambio radical de modelo:

Artículo 88. En términos de las leyes locales y federales aplicables, y sin perjuicio de lo previsto por la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponderá a las autoridades de los distintos órdenes de gobierno la aplicación de mecanismos financieros y fiscales que permitan que los costos de la ejecución o introducción de infraestructura primaria, servicios básicos, otras obras y acciones de interés público urbano se carguen de manera preferente a los que se benefician directamente de los mismos. Así como aquellos que desincentiven la existencia de predios vacantes y subutilizados que tengan cobertura de infraestructura y servicios. Para dicho efecto, realizará la valuación de los predios antes de la ejecución o introducción de las infraestructuras, para calcular los incrementos del valor del suelo sujetos a imposición fiscal.

Tambien indica lo siguiente:

Artículo 89. Los mecanismos a que alude el artículo anterior atenderán a las prioridades que establece la Estrategia Nacional y los planes y programas de Desarrollo Urbano aplicables, y podrán dirigirse a;

  1. Apoyar el desarrollo de acciones, obras, servicios públicos, proyectos intermunicipales y de Movilidad urbana sustentable
  2. Apoyar o complementar a los municipios o a los organismos o asociaciones intermunicipales, mediante el financiamiento correspondiente, el desarrollo de acciones, obras, servicios públicos o proyectos en las materias de interés para el desarrollo de las zonas metropolitanas o conurbaciones definidas en esta Ley, así como de los proyectos, información, investigación, consultoría, capacitación, divulgación y asistencia técnica necesarios de acuerdo a lo establecido en esta Ley,
  3. Apoyar y desarrollar programas de adquisición, habilitación y venta de suelo para lograr zonas metropolitanas o conurbaciones más organizadas y compactas, y para atender las distintas necesidades del Desarrollo Urbano, de acuerdo con lo establecido para ello en esta Ley y bajo la normatividad vigente para los fondos públicos.

Para logra este nuevo concepto, la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial del Senado de la República ha emitido las siguientes recomendaciones para estados y para municipios:

1) Crear esquemas transparentes, como fideicomisos, agencias, publico o privadas, que permitan administrar todos los fondos y las inversiones de desarrollo urbano con plena transparencia, separados de los gastos corrientes y de uso arbitrario de los gobiernos.

2) Recuperar el costo total de las inversiones de desarrollo urbano con costo a quien se beneficia directamente, especialmente en las zonas de crecimiento, creando esquemas de contribuciones por mejora o de polígonos de actuación que recuperen en recursos o en terrenos el valor total de las inversiones públicas, y que garantice que estos fondos se sigan utilizando para inversiones en infraestructuras y se siga recuperando.

3) Usar el predial, el cual debe ser visto no como un impuesto sino como una cuota vecinal, exclusivamente para el mantenimiento de infraestructuras y de espacios públicos, asi como para ciertos servicios públicos predefinidos.

4) Calcular la tasa del impuesto predial de cada barrio basado en el costo de mantenimiento y de los servicios públicos de cada barrio.

5) Usar el impuesto predial de cada barrio para el mantenimiento de su propio barrio.

6) Consultar a vecinos sobre las prioridades de inversión de sus aportaciones prediales año con año, y permitirles incrementar las tarifas cuando la mayoría decida invertir en obras de mejoramiento que requieran de fondos adicionales.

7) Las inversiones sociales, aquellas inversiones en infraestructuras básicas, cuyos beneficiarios no tengan la capacidad de pago, deben ser manejadas con fondos alternativos de desarrollo social, y no deben ser realizadas con los fondos de desarrollo urbano de la ciudad entera, o los prediales de otras colonias, aportaciones hechas por el resto de la ciudad y cuya función es dar mantenimiento y abatir el gran rezago que cada vez es mayor en la ciudad entera. Mejor, es importante incorporar politicas de solidaridas que den atención a los grupos más vulnerables con fondos alternativos de desarrollo social.


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